Padre condenado por incumplimiento de los deberes
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El Juzgado de lo Penal nº 2 de Pamplona ha condenado a un padre que obstaculizó el tratamiento médico prescrito a su hijo menor, diagnosticado con cáncer óseo. La conducta del progenitor provocó un agravamiento de la enfermedad y redujo sus posibilidades de supervivencia. La pena impuesta ha sido de dos meses y 28 días de prisión, sustituida por una multa de 1.056 euros.
Hechos probados
Diagnóstico de osteosarcoma y oposición paterna
En julio de 2019, el menor —de 17 años— fue diagnosticado en el Complejo Hospitalario de Navarra con osteosarcoma en la rodilla izquierda. Los especialistas pautaron un tratamiento urgente: quimioterapia inicial, cirugía y posterior nueva quimioterapia. No obstante, el padre se negó repetidamente a autorizarlo, influenciando al menor en su decisión.
Ante esta negativa persistente, el hospital notificó los hechos a la Fiscalía de Menores, que promovió un procedimiento judicial ante el Juzgado de Estella. El 20 de agosto, el juzgado autorizó el tratamiento médico. A pesar de la resolución judicial, el acusado continuó obstaculizando activamente la aplicación del tratamiento, sin colaborar con los profesionales sanitarios.
Agravamiento de la enfermedad y fallecimiento
Durante los meses posteriores, el menor no recibió el tratamiento adecuado en el tiempo indicado. La enfermedad progresó, y en marzo de 2020 fue necesaria una amputación por encima de la rodilla. El joven falleció en enero de 2022. La sentencia recoge que el comportamiento del padre supuso un “retraso en el tratamiento” y un “agravamiento del osteosarcoma”, lo que redujo significativamente las posibilidades de supervivencia.
Según los informes médicos y periciales, un 74 % de los pacientes con ese diagnóstico sobreviven si se tratan a tiempo. Sin embargo, en los casos en que el tratamiento se retrasa como en este caso, la supervivencia cae al 27 %.
Sentencia: delito por incumplir los deberes de la patria potestad
La titular del Juzgado de lo Penal nº 2 de Pamplona ha condenado al acusado como autor de un delito de incumplimiento de los deberes inherentes al ejercicio de la patria potestad. Se ha aplicado la atenuante cualificada de dilaciones indebidas debido a que el juicio no se celebró hasta tres años después de presentada la acusación.
Aunque el padre acompañó al menor a consultas médicas y mantenía con él una relación cercana, la jueza subraya que no garantizó su salud ni su integridad física, desatendiendo las advertencias de todos los médicos implicados en el tratamiento.
Conducta sin justificación médica
El acusado sostuvo que el menor recibía un “tratamiento alternativo”, pero no aportó prueba alguna ni informe médico que lo acreditase. Tampoco presentó peritos que refutaran la validez del tratamiento hospitalario prescrito.
La jueza concluye que el acusado, sin ofrecer una alternativa real ni científica, impidió el acceso de su hijo a una terapia vital y urgente. Con ello, no actuó en beneficio del menor ni atendió a su interés superior, incurriendo en una grave omisión de sus deberes como progenitor.
Resolución recurrible
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Navarra.