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El abuso de posición dominante de Google en Android

20/06/2025

El abuso de posición dominante de Google en Android, confirmado por la Abogada General

La Abogada General Juliane Kokott ha propuesto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que desestime el recurso de casación presentado por Google, confirmando así la multa de 4 124 millones de euros por abuso de posición dominante en el ecosistema Android. Esta conducta, según la Comisión y el Tribunal General, supuso una restricción grave de la competencia en el mercado de servicios de búsqueda general.

Hechos probados

Abuso de posición dominante a través de restricciones contractuales

La Comisión Europea, en su Decisión de 18 de julio de 2018, impuso a Google una sanción de 4 343 millones de euros al considerar que abusó de su posición dominante desde el año 2011. El abuso se concretó en tres tipos de prácticas contractuales impuestas a fabricantes de dispositivos y operadores de redes móviles:

  1. Agrupación de servicios: solo permitía el acceso a Google Play Store si se preinstalaban Google Search y el navegador Chrome.
  2. Antifragmentación: prohibía el uso de versiones alternativas del sistema Android no aprobadas por Google.
  3. Reparto de ingresos: condicionaba los ingresos por publicidad a que no se preinstalara ningún motor de búsqueda distinto a Google.

Estas prácticas, según la Comisión, constituían una estrategia conjunta destinada a proteger el modelo de negocio publicitario de Google, reforzando su dominio en el mercado.

Sentencia del Tribunal General y reducción de la multa

El Tribunal General, en sentencia de 14 de septiembre de 2022, anuló únicamente la parte de la Decisión relativa al reparto de ingresos. No obstante, confirmó la existencia de un abuso de posición dominante por la agrupación de aplicaciones y la cláusula antifragmentación, fijando una multa revisada de 4 124 millones de euros. Google recurrió en casación ante el Tribunal de Justicia.

Valoración jurídica de la Abogada General

La Abogada General considera que el Tribunal General no cometió error alguno en su calificación del abuso de posición dominante. En sus conclusiones, defiende que no era necesario un análisis contrafáctico para demostrar el abuso, bastando con probar que las prácticas de Google afectaban negativamente la competencia al reforzar artificialmente su posición dominante mediante la preinstalación de sus propias aplicaciones.

Tampoco era exigible acreditar que la conducta fuera capaz de excluir a competidores “igualmente eficaces”, ya que Google se encontraba en una posición estructural de ventaja debido a los efectos de red y el acceso privilegiado a los datos de los usuarios.

Una infracción única y continuada

A pesar de la anulación parcial, se mantiene la calificación de infracción única y continuada, articulada como una estrategia global para consolidar el dominio de Google en los servicios de búsqueda en dispositivos móviles. Esta estrategia permitía a Google preservar su modelo económico y bloquear la entrada de competidores.

Fallo propuesto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Desde una perspectiva jurídica, la Abogada General propone:

  • Rechazar el recurso de casación de Google.
  • Confirmar el abuso de posición dominante en el ecosistema Android.
  • Validar la multa de 4 124 millones de euros impuesta por el Tribunal General.

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