Suicidio inducido y límites del homicidio doloso según Tribunal Supremo
Revisión penal de un suicidio inducido por amenazas digitales. STS 1077/2025 de 16 de enero de 2026.
Hechos relevantes del procedimiento
El Tribunal Supremo ha dictado sentencia en un asunto de notable complejidad jurídica en el que se analiza la responsabilidad penal derivada de una conducta intimidatoria ejercida a través de medios digitales. Los hechos probados describen el envío reiterado de mensajes con contenido amenazante por parte de una persona adulta a un menor de edad, en un corto espacio de tiempo, generando un estado de angustia que desembocó en el suicidio de este último.
La resolución revisa una condena previa por homicidio doloso dictada en instancia y confirmada en apelación, lo que motivó la interposición de recurso de casación.
Validez de la prueba obtenida del dispositivo móvil
Uno de los principales motivos del recurso se centró en la impugnación de la prueba digital obtenida del teléfono móvil hallado junto al fallecido. La parte recurrente alegó una vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías, reconocido en el artículo 24.1 de la Constitución Española, por supuestas deficiencias en la cadena de custodia.
El Tribunal Supremo descarta la nulidad de la prueba, recordando que la mera posibilidad abstracta de manipulación no determina su inutilizabilidad. En ausencia de indicios concretos de alteración, la prueba resulta válida, sin perjuicio de su valoración conjunta con el resto del material probatorio.
Análisis de la calificación jurídica
Desde un enfoque sustantivo, la Sala considera acreditada una conducta gravemente imprudente, pero revisa la concurrencia del elemento subjetivo exigido para el delito de homicidio doloso del artículo 138 del Código Penal. El Tribunal entiende que no ha quedado plenamente probado que el acusado aceptara el resultado mortal, ni siquiera a título de dolo eventual.
La sentencia subraya las dificultades de atribuir una intención homicida en un contexto de comunicación exclusivamente telemática, sin contacto personal directo entre autor y víctima.
Decisión final y efectos
Como consecuencia, el Tribunal Supremo sustituye la condena por homicidio doloso por una condena por imprudencia grave en concurso con un delito de amenazas. Se mantienen los pronunciamientos relativos a la responsabilidad civil, al apreciarse un claro nexo causal entre la conducta y el daño moral sufrido por los familiares de la víctima.